Nuestros donantes, beneficiados en el IRPF

8 abril 2026

 
Logo de la Agencia TributariaHoy empieza la campaña de la declaración de la renta. Tal como sucede desde nuestra constitución, nuestros donantes se benefician de una deducción proporcional al importe de sus donaciones.

Estas deducciones en el IRPF pueden llegar hasta el 80 % del importe donado. Así, los beneficiarios van a ver que la Agencia Tributaria les devuelve algo más de lo que les tocaba a devolver, o tienen que pagar algo menos en el caso de que les toque a pagar.

También las empresas pueden beneficiarse de deducciones de hasta el 50 %, pero en este caso se aplican en el Impuesto de Sociedades. Puedes consultar todos los detalles en los artículos 19 y 20 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Si quieres comprobar cuánto estás deduciendo, accede a tu borrador de la renta en la web de la Agencia Tributaria. En la casilla H del anexo A.1 debe figurar el total de lo que donaste el año pasado a entidades beneficiarias de los incentivos al mecenazgo —sean cuotas de socio, donativos o donaciones—, tal como indica la citada ley. En la casilla 0723 figurará el importe de la dedución correspondiente.

Anímate a aprovechar estos beneficios fiscales apoyándonos económicamente en la restauración de la biodiversidad local (en la sección «Colabora» tienes todos los detalles). Recuerda que la conservación sin financiación es mera conversación.


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